CONTENIDO
- Encontrarse un Trabajo
- Derechos Laborales
- Redadas por Migración en el Centro de Trabajo
- El Desempleo
- Terminación de Empleo
- Motivos Ilegales por la Terminación del Empleo
- Pago de Sueldo Después de la Terminación del Empleo
- La Compensación Obrera
- Comenzar un Negocio Propio
- Recursos
Encontrarse un Trabajo
Es posible que el Departamento de Trabajo del estado de Maine puede ayudarle colocarse en un empleo. El estado dispone de Centros de Carreras donde se puede acudir para buscar empleos y desarrollar ciertas destrezas en cómo encontrar y mantener un empleo. (Lea más abajo la sección de Recursos.)
Los Requisitos Laborales. Puede que no lo empleen a menos que se tenga la autorización para trabajar en losEstados Unidos. Se le pedirá mostrar sus documentos dentro de 3 días después de comenzar el trabajo. Estos documentos deben de probar su identidad y su dercho de trabajar en los Estados Unidos. El patrón le pedirá que llene el Formulario I-9, es decir el Formulario de Verificación de Elegibilidad para el Empleo. El formulario I-9 lista en el reverso los documentos que se puede mostrar al patrón para probar estas cosas. Se puede enseñar cualquier de los documentos listado en el formulario. Es ilegal que el patrón le indique cual documento tiene que eseñar. Esto se considera cómo "abuso de documentación". Por ejemplo, si le eseña a su empleador una licensia de conducir vigente y su tarjeta de Seguro Social sin restricciones, es ilegal si en cambio le pide ver su tarjeta verde. ("Sin Restricciones" quiere decir que su Seguro Social no dice "Válido sólo con autorización migratoria para trabajar" o algo parecido>) Siempre se cumple con los requisitos exigidos cuando enseña al patrón documentos listados en el Formulario I-9.
Seguro Social - Cartas de "No-Concordancia" y "E-verify"
Cartas de No-Concordanica de Seguro Social Al comenzar un trabajo, hay que darle al empleador su número de Seguro Social. La Administración de Seguro Social (SSA por sus siglas en inglés)ha conjeturado que sean incorrectos muchos de sus registros. Puede que Ud. o su empleador reciban una carta del SSA diciendo que su número de seguro social no concuerda con el nombre que consta en sus archivos (conocido como "carta de no-concordancia). Puede que se deba a una equivocación hecho por Ud. o su empleador, tales como:
- el empleador no deletreó bien su nombre
- el empleador apuntó mal su número
- los datos del SSA son incorrectos, o
- el número de seguro social no es suyo.
A partir de septiembre de 2008, si el empleador recibe una carta de "no-concordancia" sobre usted, tiene que suponer que no tiene derecho de trabajar. El empleador tiene que informarle sobre la carta para que pueda ponerse en contacto con el SSA para intentar corregir sus datos. Sin embargo, el gobierno federal ha propuesto reglamentos - que NO ESTÁN en vigencia todavía - que otorgarían al empleador el derecho de despedirle si usted no corrije sus datos equivocados dentro de 90 días fecha de que el empleador reciba una carta de "no-concordancia." Dado que el SSA ha reconocido el hecho de que normalmente toman más de 90 días para enmendar sus datos, esto podría resultar en despedidas innecesarias. Puede que sí o no, que estas proposiciones de ley entren en vigencia. Si se recibe un carta de "no-concordancia," hable de inmediato con un defensor migratorio. Mire a los Recursos.
E-Verify: El gobierno federal y Migración están persuadiendo o exigiendo que muchos empleadores se inscriban al programa de E-verify. Bajo el programa E-verify, un empleador tiene que registrarse en su sistema de computación cada número de seguro social de cada nuevo empleado. Así que el sistema confirmará sí el nombre de la persona y su derecho de trabajaren los estados unidos constan en los archivos del gobierno o no. Si el empleador recibe una notificación de "no-concordancia,"el empleador entonces tiene que informarselo al trabjador. "No-concordancia significa que los archivos federales no indican concordancia del nombre y Seguro Social, o que el número de seguro social no es válido para trabajar. El empleado tiene que acudir a la oficina mas cercana de Seguro Social para disputar la discordancia dentro de 8 días de recibirla notificación de no-concordancia. Si no lo haga el empleado, el empleador tiene que despedirlo. Si dentro de 8 días el empleado vaya a disputar la discordancia, legalmente puede seguir trabajando para el empleador hasta que el mismo reciba la última notificación de Seguro Social la cual puede tardar varias semanas o más. Si la última notificación indica que todavía no le es posible que Seguro Social confirme el derecho del trabajador a trabajar en los estados unidos, entonces el empleador tiene que despedir al empleado.
Discriminación y la Contratación de Personal. Nunca se le puede negar un empleo debido a su:
- raza
- religión
- color de piel
- sexo
- orientación sexual
- edad
- origen nacional, o
- discapacidad mental o física.
Los patrones tienen hacer acomodos razonables y adecuados para los empleados que tengan una discapacidad física o mental.
"Discriminación por Origen Nacional" es cuando el patrón se le niega el trabajo por su "aspecto" o por su "acento" extranjero. Es ilegal. Es ilegal que un patrón le pague menos por esas razones. Durante el proceso de la solicitud y entrevista, es ilegal que un patrón le pide enseñar pruebas de su derecho de trabajar en los estados unidos. Sólo le puede pedir pruebas de su derecho de trabajar después de haberle ofrecido el puesto y haberse presentado Ud. en el trabajo.
"Discriminación por Ciudadanía" es cuando el patrón dice que sólo contrata a personas de una tal calidad migratoria o con tarjeta verde. Es ilegal que se le discrimina si tiene permiso de trabajo u otro calidad que le permite trabajar en los estados unidos. Sin embargo, algunos puestos gubernamentales requieren que sean ciudadanos estadounidenses.
Puede que tenga que hablar inglés si sea necesario para desempeñar su trabajo de manera adecuada y segura. Se le tiene que informar cuando tenga que hablar inglés. Se le tiene que informar lo que le pasará si no lo hiciera. También se le tiene que decir los momentos se puede hablar otro idioma, tales como sus descansos.
Se puede presentar una querella en la Oficina de Asesoramiento Especial (OEC, por sus siglas en inglés) en Washington DC si usted se cree discriminado por su empleador por abuso de documentación o a raíz de su ciudadanía u origin nacional(Vea a Recursos). Esto se tiene que hacer dentro de los 180 días. También se puede presentar una querella en la Comisión de Derechos Humanos de Maine (MHRC, por sus siglas en inglés) o en la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC, por sus siglas en inglés).
Derechos Laborales
Contratos Laborales. Su patrón no le tiene que proporcionar un contrato laboral. La mayoría de los trabajadores son empleados "a voluntad", lo que significa que el patrón tiene el derecho de despedirle en cualquier momento y usted tiene el derecho de renunciar cuando se le antoja. Si existe un contrato, usted y el patrón deben de cumplir con las disposiciones convenidas en el contrato.
Sindicatos. Usted tiene el derecho de sindicarse u organzar un sindicato con el fin de negociar con su patrón. En Maine, si un sindicato organizara una huelga(negarse trabajar con el fin de realizar algún beneficio de su patrón), los patrones no tendrían el derecho de contratar trabajadores para que rompieran dicha huelga.
Control Antidoping. Si la ley federal lo requiere o si el Departamento de Trabajo de Maine ha aprobado una política de control antidoping por su patrón, puede que se le pida realizar un control antidoping en el trabajo. Si se rehusa realizar un control antidoping, puede que el patrón se le niegue contratar o que se le despida. Si su control antidoping da positivo, es posible que su patrón :
- se le niegue contratar
- le despida - si más de una vez su prueba da positivo o, si usted se niega la rehabilitación
- le castigue, o
- le cambie el trabjao que Ud. desempeña.
Su patrón tiene que enviar su muestra de orina a un laboratorio de su prefencia si diera positivo pero disputa el resultado. Su patrón tiene que decirle cómo apelar el resultado del control antidoping. En cualquier momento, es posible que su patrón le mande realizar un exámen Breathalyzer (análisis del aliento) por niveles de alcohol en su sangre.
Licencia por Asuntos Médicos y Familiares. Por ley estatal, si su patrón dispone de más de 15 empleados o si es una agencia pública y, usted ha trabajado durante 12 meses consecutivos, usted tiene derecho a una licencia sin sueldo por 10 semanas si:
- usted, su hijo, o su cónyuge tienen una enfermedad grave
- usted o su cónyuge dan a luz a un hijo o, si ustedes adoptan a un hijo de 16 años de edad o menor o,
- se está donando un órgano para una transplantación.
Su patrón debe dejarle regresar al mismo trabajo u otro parecido después de 10 semanas.
Usted tiene derecho a una licencia sin sueldo por 12 semanas si su patrón dispone de más de 50 empleados dentro de 75 millas a la redonda y si usted ha trabajado para él o ella por más de 1,250 horas. La licencia sin sueldo debe ser por las razones arriba mencionadas.
Licencia por la Violencia Doméstica. Si usted es víctima de la violencia doméstica o del acecho, su patrón tiene dque darle tiempo libre para:
- prepararse para una audiencia o comparecer en la corte
- recibir tratamiento médico
- recibir servicios críticos.
El tiempo libre puede ser sin sueldo. Su patrón también tienen que darle tiempo libre (por las razones arriba mencionadas)si su hijo, su cónyuge, o sus padres son víctimas de la violencia doméstica. Usted tiene que pedir a su patrón por el tiempo libre.
Derechos Religiosos. Usted tiene derecho a practicar libremente su religión. En una empresa que dispone de más de 15 empleados, su patrón tiene que acomodar sus prácticas religiosas a menos que interfieran con el negocio. Su patrón tiene que hacer esfuerzos razonables para que usted tome tiempo libre para:
- el sabado o domingo (según su religión), o los días santos
- el cumplimiento de prácticas religiosas como la oración durante el día hábil.
También, su patrón tiene que acomodar sus prácticas religiosas tales como tener una barba o ropa particular, a menos que interfieran en el desempeño de su trabajo.
Hostigamiento Sexual. Usted tiene el derecho de trabajar en un ambiente libre de hostigamiento sexual. Es obligatorio que su patrón exhiba carteles en su trabajo que explican en consiste el hostigamiento sexual. No se tiene que tolerar contacto o comentarios sexuales para mantener su trabajo. En general, el hostigamiento sexual puede incluir:
- avances sexuales inoportunos
- abrazos
- besos o contacto corporal inoportuno o indeseable
- chistes o comentarios obscenos
- pedir favores sexuales.
Hay que ser claro con la persona acosadora que quiere que el acoso termine. Apúntese de manera detallada todo lo occurido, inclusive la hora y fecha. Presente una queja con su supervisor y representante sindical, si tiene uno. Si continua el hostigamiento, comuníquese con la Comisión de Derechos Humanos de Maine (MHRC). (Mira a Recursos).
La privacidad. Usted tiene el derecho de ver su expediente completo y de recibir una copia de lo mismo una vez al año sin costo suyo. Usted debe de pedir ver su expediente por escrito. Su patrón tiene que concederle acceso a su expediente durante el horario hábil dentro de diez días fecha de su petición. Su patrón no puede utilizar un detector de mentiras como condición del empleo.
El Sueldo Mínimo, Paga por Horas Extraordinarias y Descansos. El sueldo mínimo en Maine es $7.25 la hora (apartir del 10/21/2008, y apartir del 10/1/2009 incrementará a $7.50 la hora). Maine no tiene un salario especial por el adiestramiento de personal o estudiantes. Si usted es un trabajador que recibe propinas, su patrón le puede pagar la mitad (50%) del sueldo mínimo. Si las propinas más su sueldo no alcanzan al sueldo mínimo en una semana determinada, su patrón tiene que pagar la diferencia.
Usted tiene derecho a la paga por horas extraordinarias si se trabaja más de 40 horas durante una semana. La paga de horas extraordinarias es 50% sobre su sueldo por hora. Su patrón no tiene que pagarle horas extraordinarias por trabajar un día feriado. Su patrón no puede obligarle a trabajar más de 80 horas durante la semana por más de dos semanas seguidas a menos que:
- usted preste servicios indispensables o urgentes
- usted sea un ejecutivo asalariado, o
- usted sea un trabajador agrícola.
Su patrón no puede deducir de su paga por cosas tales como la mercancía rota o cuentas no pagadas por los clientes. Su patrón no puede pagarle menos que a los otros empleados a base de sexo. Si usted trabaja para un negocio que está cerrando, puede que reciba hasta 2 semanas de paga del Fondo de Seguridad Salarial de Maine (MWAF, por sus siglas en inglés.)
Se le permite un descanso de 30 minutos por cada seis horas de trabajo si se trabaja para un negocio que dispone de más de 3 empleados durante cualquier momento. Esto no es cierto si usted y su patrón tienen un acuerdo que dispone otra cosa.
La mayoría de estas leyes no se aplican al trabajo agrícola.
La Seguridad en el Centro de Trabajo. Usted tiene el derecho a la seguridad en su centro de trabajo. Se puede negarse hacer un trabajo si cree que puede provocar la muerte o lesiones graves. Los patrones tienen que asegurar que el centro de trabajo esté libre de cualquier peligro conocido. El Departamento de Trabajo de Maine (MDOL por sus siglas en inglés) inspecciona los lugares públicos de trabajo con regularidad para asegurar que estén seguros. Si usted trabaja para un empleador del sector público, se puede reportar condiciones inseguras ante la Administración de Salud y Seguridad Laboral(OSHA, por sus siglas en inglés). (Mire a Recursos)
Si se trabaja en una computadora por más de 4 horas el día, tiene derecho a un adiestramiento especial. Usted también tiene el "derecho de saber" si se usa en su lugar de trabajo sustancias químicas u otros materiales peligrosos. Su patrón tiene el deber de capacitarle para trabajar de manera segura con estos materiales.
También usted tiene el derecho de estar protegido del humo de terceros en el lugar de trabajo. Puede que se le permita fumar en ciertas áreas del edificio donde se trabaja. Dicha área debe ser ventilado por separado para mantener el humo fuera del centro de trabajo. Su patrón no se le puede discriminar por fumar fuera del centro de trabajo.
Su patrón no se le puede despedir ni amenazar con su despido por informale sobre una violación legal o de seguridad. Su patrón no se le puede despedir por participar en una investigación gubernamental. Si se fija en una violación legal o de seguridad, dígaselo a su patrón lo que está mal. Hay que darle tiempo razonable para solucionar el problema.
Redadas por Migración en el Centro de Trabajo
Migración (Oficina de Ejecución Migratoria y Aduanera - ICE, por sus siglas en inglés) puede presentarse en cualquier centro de trabajo para asegurarse que todos los trabajadores estén en los estados unidos legalmente y que tengan permiso para trabajar. Se le puede despedir de su trabajo y deportarle si no tiene permiso para trabajar en los estados unidos.
Si usted no está aqui legalmente, aún tiene derechos legales al enfrentarse con un agente migratorio. Estos derechos incluyen:
- el derecho de mantenerse callado (uno no tiene que decir su nombre, de donde procede ni cualquier otra información. No se permite suponer a Migración que usted sea indocumentado solo porque ejerciera su derecho de mantenerse callado.),
- el derecho de no contestar preguntas
- el derecho no mostrar ningún documento
- el derecho de no firmar ningún papel
- el derecho de hablar con un abogado antes de contestar preguntas o firmar cualquier papel.
Sírvase anotar de que si ICE viene a su centro de trabajo y usted procura huir, se puede utilizar el hecho como prueba de que no está presente legalmente. Se le puede detener y arrestar sólo por tratar de huir.
Si los agentes de Migración dicen que le van a detener, solicite de inmediato hablar con un abogado. Usted no tiene que responder a ninguna pregunta hasta que hable con un abogado. Puede que Migración lo ayude llamar a una agencia de servicios legales migratorios.
Si Migración no lo detiene pero se le entrega papeles que dicen que tiene que ir a la Corte de Inmigración, hable con un abogado migratorio lo más pronto posible. (Vea Recursos) Póngase en contacto con un abogado migratorio si tiene preguntas sobre las redadas por Migración en el lugar de trabajo o sobre cualquier otra pregunta sobre leyes migratorias y la ejecución de ellas.
El Desempleo
El gobierno provee beneficios de desempleo a algunos trabajadores que no tienen trabajo. Estos beneficios son una ayuda provisional para los trabajadores que están desempleados. Se puede recibir el desempleo durante 26 semanas. Sus beneficios se basan en el los ingresos ganado en un plazo específico. Durante tiempos de alto desempleo es posible que esté disponible una "extensión de beneficios". (A partir de enero de 2009, trabajadores calificados pueden realizar hasta 59 semanas de beneficios, incluyendo las extensiones.)
Para obtener los beneficios de desempleo, se tiene que aprobar dos exámenes básicos: la de elegibilidad y de "culpabilidad." Básicamente ha de:br>
- presentar una reclamación
- estar total o parcialmente desempleado y
- haber ganado una suma mínima de dinero durante un plazo específico.
Ha de ser capaz de trabajar, estar disponible para trabajar y estar buscando enérgicamente un trabajo.
Qué hacer. En cuanto pierda su trabajo, hay que presentar una reclamación. Llame a un Centro Telefónico de Reclamaciones, consiga un formulario de reclamaciones en su ayuntamiento local o Centro de Carreras del Departamento de Trabajo más cercano, o presentar una reclamación en línea. Se le solicitarán que brinde información sobre su historia laboral, la razón por la cual perdió su trabajo y su disponibilidad para trabajar. Sigue el enlace abajo y haga click en "File a new unemployment claim." Desafortunadamente, sólo está en inglés.
http://www.maine.gov/labor/unemployment/online_services.html
Quién es elegible? Su elegibilidad se basa en haber ganado una suma mínima de dinero durante los primeros cuatro de los cinco trimestres anteriores del calendario (enero-marzo, abril-junio, julio-septiembre, octubre-diciembre.) Si no se cuenta con suficientes ingresos durante ese año la agencia revisará los cuatro trimestres más recientes. También habrá de haber ganado una suma fija en dos trimestres durante este período. (Los trabajadores que trabajan para las industrias estacionales se les calcula sus beneficios de otro modo.)
Segundo,la razón por su desempleo no puede ser por culpa suya. Si se encaja en uno de las siguientes categorias, todavía puede recibir beneficios:
- Renuncia voluntaria por motivo justificado. Por ejemplo, si se renuncia por condiciones inseguras, violaciones de leyes laborales o acoso sexual. Ha de ser por una situación que se le hubiera obligado renunciar a cualquier persona razonable.
- Enfermedad. Su enfermedad o la de un familiar inmediato lo obligó renunciar.
- Para acompañar al cónyuge o por la Violencia Doméstica. Cuando usted tiene que dejar el trabajo para acompañar a su cónyuge o por la violencia doméstica.
- Despido por "problema de actitud". Si su patrón dice que le despidió por su "problema de actitud", Puede que reciba los beneficios. Consiga, si se puede, consejo legal para ayudar a evaluar una acusación de "mala conducta".
Reclamaciones semanales y la búsqueda de trabajo. Ha de presentar una reclamación cada semana. Se puede hacerlo por correo, por teléfono (llame a 1-800-593-7660 y entre su Número PIN, el que Ud. elige al solicitar los beneficios), o en línea en el internet. Sigue el enlace abajo y haga click en "File a weekly unemployment claim." Desafortunadamente, sólo está en inglés.
http://www.maine.gov/labor/unemployment/online_services.html
Al presentarla, habrá que demostrar que está buscando enérgicamente por trabajo y de que no está excesivamente selectivo en cuanto a las ofertas de empleo que se le presenten. Se le darán un diario que se tiene que rellenar y devolver cada 5 semanas. Ha de demostrar en el diario que ha buscado trabajo cada semana en 3 lugares distintos. Después de haber estado sin trabajo por más de 12 semanas, es de esperar que tome un empleo que esté fuera de su campo de trabajo y por un salario menos de lo que ganaba antes.
Apelando la decisión del delegado. Usted tiene el derecho de apelar a la decisión del delegado en una audiencia informal. Ha de presentar una apelación dentro de los 15 días fecha de la decisión del delegado. La oficina apelativa se le explicará lo que ocurre después de presentar la apelación.
Terminación de Empleo
Los patrones y empleados de Maine trabajan bajo un anticuado sistema llamado "empleo a voluntad." Esto significa que si usted es empleado por un plazo indefinido, tiene la libertad de dejar el trabajo cuando quiera. El patrón también tiene el derecho de despedirle sin avisar y sin causa. Pero hay excepciones mayores a esta regla básica.
Despedido sin aviso o sin causa. La regla general es que no se requiere un aviso. Sin embargo, en ciertas circunstancias puede que se le requiera prestar un aviso con una semana de anticipación antes de irse y el patrón ha de prestar un aviso con una semana de anticipación antes de despedirle. Esta regla es válida sólo si usted y su patrón se hayan acordado hacerlo.
Si se puede comprobar que usted y su jefe formalizaron un acuerdo que especifica que sólo se le puede despedir por razones específicas, puede que este acuerdo le compromete legalmente al patrón. Por ejemplo, su contrato puede disponer que sólo se le puede despedir por "motivos justificados."
Contratos colectivos de trabajo Cuando su empleador y su sindicato hayan formalizado un contrato colectivo, es probable que haya un procedimiento de agravio y no es posible que sea despedido sin motivo justificado. Aunque usted no sea miembro del sindicato puede que tenga derechos de representación sindical si le van a despedir. Puede que tenga que pagar por este servicio.
Motivos Ilegales por la Terminación del Empleo
Despido en respresalia. Una ley estatal llamada "La ley de protección del denunciante" (Whistleblower Protection Act por sus siglas en inglés)que le protege cuando de buena fe denuncia las violaciones en el centro de trabajo a una agencia gubernamental. Para estar cubierto, primero debía haberle informado a su supervisor sobre el problema. Antes de presentar una queja, tiene que permitir tiempo razonable para que se realicen correcciones. La única excepción es si se tiene una razón determinada para creer que denunciar la violación no resultará en la pronta atención al problema.
Condiciones laborales peligrosas. La ley se protege de ser despedido por haberse negado hacer un trabajo peligroso. Sin embargo, la amenaza a su persona debía haber sido inmediata y grave. Para presentar una querella si fuera despedido por motivo de seguridad, póngase en contacto con la oficina más cercana de OSHA, del Departamento de Trabajo.
Más reglas sobre despidos ilegales. Su patrón no le puede despedir sólo porque:
- le pidieron desempeñar servicio en un jurado, o
- el estado se le está rebajando dinero de su paga para pagar la manutención, o
- el estado se le está rebajando dinero de su paga para cobrar un sobrepago de beneficios públicos.
Algunos programas de beneficios sociales, tal como Asistencia General, prohiben que su patrón le despida o le penalice de cualquier manera, porque el estado o el pueblo le pidió a él información procesar la solicitud suya de beneficios.
No se le puede despedir por lesionarse en el desempeño de su trabajo ni por presentar una reclamación para Compensación Obrero.
Pago de Sueldo Después de la Terminación del Empleo
Una vez que haya dejado su empleo, pida su última paga. Su patrón tiene que darsela o por el próximo día de nómina o dentro de 2 semanas, a la fecha que llegue primero. Este pago debería incluir cualquier pago de vacaciones que le debe su patrón. Si el salario fue deducido indebidamente, se puede levantar una demanda por tres veces la suma deducida más los intereses sobre la suma principal y los honorarios de abogado.
Si se cierra su compañía y queda sin fondos, se puede realizar hasta 2 semanas de atrasos al Fondo de Seguridad Salarial de Maine (MWAF, siglas en inglés.)
Las deudas con el jefe. A menos que usted tenga un acuerdo por escrito, su ex-patrón no puede deducir dinero de su salario para liquidar una deuda que él se le reclama a Ud.
La indemnización por despido o la cesantía. Conforme con los estatutos de Maine, usted no tiene derecho de indemnización por despido a menos que:
- la compañía haya cerrado o se haya trasladado por lo menos 100 millas a la redonda.
- la compañía haya empleado 100 personas o más en algún momento durante el año antes de que se cerrara, y
- si usted trabajó allí por más de tres años.
Si usted tiene un contrato, averigue si ello le da más derechos a la indemnización por despido.
La Compensación Obrera
Si se lesiona el el trabajo, se puede realizar un dinero del estado para ayudarle superar su pérdida. La mayoría de los trabajadores de Maine están cubiertos por este beneficio. Se le ha de informar a su patrón si se lesiona en el trabajo. Esto se ha de hacer dentro de 90 días fecha de lesionarse. Busque atención médica enseguida. Esto le ayudará documentar su reclamo. Su patrón tiene que rellenar y presentar un "Primer Informe" en la agencia de Compensación Obrera y darsela una copia de lo mismo.
Puede que se reciba una parte o todos estos beneficios:
- mientras se encuentra totalmente discapacitado, una remuneración de 80% del promedio de su salario semanal neto
- pago de un salario parcial por hasta 364 semanas (o más si se sufre de cierto nivel de discapacidad permanente) si se puede trabajar tiempo medio o si se vuelve a desempeñar un puesto que paga menos que antes
- pagar sus cuentas médicas
- servicio de rehabilitación vocacional.
Su patrón tiene que permitirle volver a su trabajo en cuanto se encuentra en condiciones y si todavía existe su trabajo. De otro modo, el patrón tiene que ofrecerle otro trabajo que puede desempeñar. Si su discapacidad es persistente, la ley puede disponer que su patrón haga acomodaciones razonables para que se pueda desempeñar el trabajo. Se tiene que pedir que le devuelvan su trabajo dentro de un año fecha de su lesión (o dentro de tres años si se trabaja para una compañía que cuenta con más de 200 empleados.)
Usted tiene el derecho de apelar si el estado se le niega su reclamación. Los pasos a seguir son:
- resolución informal por medio de una agencia mediadora
- mediación y
- audiencia formal
Si usted no tiene con que pagar un abogado, pide la Oficina de Compensación Obrera que se le asigne un defensor.
Comenzar un Negocio Propio
Antes de compenzar un negocio, debe de consultar con un abogado perito sobre las obligaciones y estructura de un negocio bajo las leyes federales y estatales. Hay tres maneras básicas de organizar un negocio:
- una empresa individual
- una sociedad colectiva
- una corporación
Estas estructuras comerciales tienen distintas implicaciones legales.
Una Empresa Individual. La mayoría de personas comienzan sus negocios en forma de empresa individual. Una empresa individual tiene un sólo dueño gestionado por lo mismo. Dicho dueño se responsibiliza por todas las ganancias, pérdidas y obligaciónes legales. Si usted es el propietario, se responsabiliza por cualquier obligació con sus acreedores y cualquier demanda entablabada contra el negocio. Estas deudas y responsabilidades legales se le pueden cobrar de cualquier propiedad o bien del que se disponga usted tanto como sus pertenencias tal como su casa.
La Sociedad Colectiva. Si se está comenzando un negocio con más de una sola persona, es una sociedad colectiva. Una sociedad colectiva es una organización comercial flexible. Se parece a una empresa individual en el sentido de que los dueños pueden ser personalmente responsables ante la ley por cualquier obligación en la que se incurra. Es distinto en que algunos casos, por ejemplo cuando se tiene a su poder o transfiere el título de bienes muebles o inmuebles, la sociedad colectiva existe independientemente de cada socio. Las sociedades colectivas no pagan los impuestos federales sobre la renta. En cambio, cada socio paga sus propios impuestos.
Una Corporación. Una corporación es considerada como una entidad distinta de los propietarios. Los propietarios se llaman "accionistas" porque cada uno es propietario de una o más "acciones" de la compañía. Los accionistas de una corporación tienen responsibilidad de forma limitada por las deudas, conducta y obligaciones de la compañía.
Una junta directiva maneja la corporación. Durante una reunión anual de accionistas, la junta directiva da informe a los accionistas. A una corporación puede que se le imponga impuestos, levante demandas y tiene derecho de celebrar un contrato. Una corporación tiene que registrarse en cada estado.
El Financiamiento de un Negocio. Se puede crear su negocio con bienes propios o por medio de un prestamista comercial. Para obtener un préstamo de un banco para financiar una ideal comercial, habrá de tener un plan comercial, pruebas de sus ingresos, crédito bueno y pruebas que se ha declarado y pagado los impuestos sobre la renta. También debiera de tener un número de seguro social.
Recursos
Ayuda Legal Migratoria en Maine
Immigrant Legal Advocacy Project
309 Cumberland Avenue, Suite 201
PO Box17917
Portland, Maine 04112
207-780-1593 o 1-800-497-8505
www.ilapmaine.org
Los servicios son gratis o de bajo costo según sus ingregsos
Abogados Migratorios Privados: Mire en la lista "Immigration Law" (Ley Migratoria) bajo la categoría de "Lawyers" (Abogados)en las páginas amarillas de la guía telefónica.
Discriminación:
U.S. Department of Justice
Civil Rights Division
Special Counsel for Immigration Related Unfair Employment Practices.
950 Pennsylvania Ave. N.W
Washington, D.C. 20530
(800) 255-7688
Equal Employment Opportunity Commission
John F. Kennedy Federal Building
475 Government Center
Boston, MA 02203
(617) 565-3200
TTY (617) 565-3204 o 1-800-669-6820
www.eeoc.gov
Maine Human Rights Commission
51 State House Station
Augusta, Maine 04333-0051
(207) 624-6050
Derecho Obreros:
Maine Department of Labor
Bureau of Labor Standards
45 State House Station
Augusta, Maine 04333-0045
(207) 624-6400 o 624-6410
Career Centers, 1-888-457-8833.
Departamento de Trabajo Estadounidense, las oficinas de OSHA:
Portland District Office
100 Middle Street, Suite 410 West
Portland, Maine 04101
(207) 780-3178
Bangor Area Office
202 Harlow Street, Room 211
Bangor, Maine 04401
(207) 941-8177
Comenzar un Negocio:
Small Business Administration
Maine District Office
Edmund S. Muskie Federal Building, Room 512
68 Sewell Street
Augusta, ME 04330
(207) 622-8274
Más Información en Línea:
Guía de los Derechos de los Empleados de Maine
http://www.maine.gov/labor/labor_laws/publications/lawbookspanish.pdf
Si se pierde su trabajo: información para trabajadores desempleados
www.ptla.org/if-you-lose-your-job
Acoso sexual en el lugar de trabajo: es ilegal
www.maine.gov/mhrc/guidance/sexual_harrassment.htm
Información sobre beneficios de Desempleo del Departamento de Trabajo de Maine.
www.maine.gov/labor/unemployment/benefits.html
Beneficios para el trabajador desempleado
www.ptla.orgbeneficios-para-trabajadores-desempleados
La página electrónica de los trabajadores de OSHA
https://www.osha.gov/workers.html
Hechos de la ley sobre la Compensación Obrera en Maine
www.maine.gov/wcb/facts%20workers%20comp11-12.pdf
The New England Pension Assistance Project
University of Massachusetts Boston
100 Morrisey Blvd.
Boston, Massachusetts 02125-3393
Telephone: 617-287-7332
www.umb.edu/pensionaction/nepap
enero 2009